
Un cartel con el nombre del brasileño Samuel Luiz en el lugar donde recibió la paliza que acabó con su vida Fuente: Público
Sentencia histórica del TSXG
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado que el asesinato de Samuel Luiz, ocurrido en julio de 2021 en A Coruña, fue un crimen de odio motivado por la orientación sexual de la víctima. Esta decisión confirma las penas de entre 20 y 24 años para los tres principales condenados: Diego Montaña, Alejandro Freire y Kaio Amaral. Sin embargo, el tribunal ha absuelto a Alejandro Míguez, inicialmente condenado como cómplice, por falta de pruebas concluyentes sobre su participación en la agresión.
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Reacciones de colectivos LGTBI+
Organizaciones como la Federación Estatal LGTBI+ y ALAS A Coruña han valorado positivamente el reconocimiento judicial de la motivación homófoba del crimen. Destacan que esta sentencia envía un mensaje claro contra la LGTBIfobia y refuerza la importancia de visibilizar y combatir los delitos de odio en la sociedad.
La Fiscalía y la familia de Samuel Luiz están considerando recurrir la absolución de Míguez ante el Tribunal Supremo, buscando una revisión que contemple todas las responsabilidades en el caso.
Este caso subraya la necesidad de una sociedad comprometida con la igualdad y el respeto hacia la diversidad. Cada decisión judicial que reconoce y sanciona la discriminación por orientación sexual es un paso hacia una convivencia más justa y equitativa.
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