El tribunal determina que, aunque aún presenta limitaciones, puede desempeñar trabajos que no exijan alta demanda física.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha rechazado el recurso de un trabajador que solicitaba mantener su grado de incapacidad permanente absoluta. La decisión del tribunal respalda la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de reducir su incapacidad a permanente total, tras constatar una mejora significativa en su salud después de recibir un trasplante renal. La sentencia, emitida en octubre de 2024, concluye que el hombre tiene capacidad para realizar actividades laborales de menor exigencia física.
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De la incapacidad absoluta a la mejora funcional
Lázaro, un antiguo peón de construcción, fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta en 2019 debido a una insuficiencia renal crónica que lo obligaba a someterse a diálisis. Sin embargo, tras un trasplante en 2021, su estado de salud mejoró notablemente. En una revisión médica en 2022, se determinó que, aunque sigue teniendo limitaciones para trabajos intensos o de alto riesgo, puede desempeñar labores que no requieran esfuerzos físicos moderados ni impliquen riesgos elevados para su salud.
Reclamaciones desestimadas
El trabajador, insatisfecho con la decisión del INSS, inició una serie de reclamaciones administrativas y judiciales. Aunque presentó evaluaciones médicas previas y un reconocimiento de discapacidad del 85% por parte de la Xunta de Galicia, las autoridades judiciales concluyeron que su condición clínica ya no justificaba la incapacidad absoluta.
El tribunal destacó que Lázaro mantiene una estabilidad clínica y autonomía funcional que le permitirían reincorporarse a ciertos tipos de empleo, aunque con restricciones específicas.
Argumentos del tribunal, consecuencias y próximas acciones
La sentencia subraya que el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) tuvo en cuenta las pruebas médicas disponibles y que estas no mostraron discrepancias significativas. El fallo también recalca que las limitaciones actuales del trabajador no son lo suficientemente graves como para impedirle realizar cualquier tipo de labor.
Con esta decisión, Lázaro deberá adaptarse al grado de incapacidad revisado, lo que implica cambios en las prestaciones económicas que recibe. Sin embargo, la sentencia no es definitiva, ya que el demandante aún puede recurrir en casación para buscar un fallo más favorable en instancias superiores.
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