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Cualquiera que haya vivido de alquiler conoce el miedo a perder la fianza al mudarse. Lo habitual es depositar entre una y tres mensualidades que el propietario debe devolver en los 30 días posteriores a la entrega de las llaves, pero es precisamente en ese margen donde se cuelan los abusos: gastos de limpieza inventados, desperfectos atribuidos al desgaste normal o mobiliario «roto» que nunca llegó a estropearse.
Es lo que le sucedió a Clara Morella, vecina de Barcelona, cuando tuvo que dejar su vivienda tras cinco años porque la propietaria la reclamó para uso personal. La casera se negó primero a devolverle la mitad de la fianza y, tras las quejas, terminó exigiéndole incluso dinero adicional. «Lo único que mandó fue una captura de pantalla con una calculadora, sin ninguna factura», denuncia Morella, que finalmente renunció a reclamar por falta de pruebas.
El problema de fondo, según el abogado especializado en vivienda Víctor Palomo, es que la carga de la prueba recae hoy sobre el inquilino: si el propietario alega daños, es el arrendatario quien debe demostrar su inocencia. La penalización por retraso en la devolución es mínima, explica, lo que anima a algunos caseros a quedarse la fianza sabiendo que arriesgan poco.
El nuevo Real Decreto de medidas urgentes sobre vivienda, que el Gobierno espera aprobar en septiembre, pretende invertir esa lógica: al finalizar el contrato, ambas partes deberán dejar constancia por escrito del estado de la vivienda, y si no hay acuerdo, se presumirá que se entregó en perfectas condiciones salvo que el propietario demuestre lo contrario. Es una pequeña reforma con un objetivo grande: recortar los privilegios de quienes viven de alquilar y devolver algo de equilibrio a una relación históricamente desigual.