Miércoles, 26 de agosto de 2026
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El Supremo cierra la puerta al bulo: cambiar de sexo no borra una condena por violencia machista

Crowd gathers for a peaceful protest with transgender and Black Lives Matter flags in the street.

Fuente Unsplash

El Tribunal Supremo ha zanjado, con una sentencia firme, uno de los bulos más repetidos por la ultraderecha contra la Ley Trans: que los maltratadores podrían cambiar su sexo registral para esquivar la Ley Integral contra la Violencia de Género. El caso que ha resuelto el alto tribunal no deja margen de duda. Un hombre fue condenado el 20 de abril de 2022 por agredir a su expareja y a su hija. Más de un año después, el 1 de junio de 2023, realizó un cambio registral de sexo. Su defensa pretendía que ese cambio anulara la condena previa. El Supremo lo rechazó: los efectos del cambio de sexo son prospectivos, no retroactivos, y no alteran el régimen jurídico de los actos cometidos antes de la rectificación.

La sentencia no solo resuelve un caso concreto, también aporta el dato que faltaba en el debate público: hasta septiembre de 2024, 5.900 personas ejercieron su derecho al cambio registral en España. De esas, solo 85 solicitudes fueron denegadas. La propia ministra de Igualdad lo resume con claridad: en el 99% de los casos, el uso de la ley es exactamente el que cabría esperar de cualquier derecho —normal, minoritario en conflicto, y ejercido de buena fe.

El matiz jurídico más relevante es que el Supremo no cierra la puerta a que, caso por caso, un juzgado valore si existe fraude de ley cuando un agresor cambia su sexo registral con intención de eludir responsabilidades. Pero una cosa es dejar esa puerta abierta para supuestos excepcionales, y otra muy distinta es lo que ha hecho la ultraderecha: construir, a partir de un puñado de casos aislados, la narrativa de que la Ley Trans es un colador para maltratadores.

Los bulos sobre la Ley Trans no son inocentes: buscan erosionar la confianza social en una norma de derechos y, de paso, sembrar sospecha sobre las víctimas de violencia machista que denuncian. Frente a eso, esta sentencia no es solo jurisprudencia: es un desmentido con nombre, apellidos y cifras.

Y los datos, una vez más, desmienten al discurso del miedo.

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