
Imagen: tododisca.com. El Solidario. Despido estando de baja laboral.
Aunque estar de baja médica ofrece una protección al trabajador, no garantiza inmunidad absoluta frente al despido. En 2025, las empresas en España pueden rescindir contratos de empleados en situación de incapacidad temporal, siempre que existan causas justificadas y no discriminatorias.
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Despido disciplinario
El despido disciplinario se aplica cuando el trabajador incurre en faltas graves, independientemente de su estado de salud. Entre las causas más comunes se incluyen:
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Ofensas verbales o físicas hacia superiores, compañeros o clientes.
- Transgresión de la buena fe contractual, como el fraude o abuso de confianza.
- Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo.
Estas conductas pueden justificar un despido incluso durante una baja médica.
Despido objetivo
Las causas objetivas permiten a la empresa despedir a un trabajador por razones ajenas a su conducta personal. Las principales son:
- Causas económicas: cuando la empresa enfrenta pérdidas económicas persistentes o una disminución significativa de ingresos.
- Causas técnicas: introducción de cambios tecnológicos que hacen obsoletos ciertos puestos de trabajo.
- Causas organizativas: reestructuraciones internas que buscan una mayor eficiencia operativa.
- Causas productivas: variaciones en la demanda de productos o servicios que afectan la continuidad de ciertos roles.
Es fundamental que la empresa acredite y documente estas causas para que el despido sea considerado procedente.
Cierre de la empresa
El cese total o parcial de la actividad empresarial es otra razón legítima para despedir a un trabajador en baja médica.
Si la empresa decide cerrar, los contratos laborales se extinguen, afectando a todos los empleados sin distinción de su estado de salud.
Protección legal del trabajador
Es importante destacar que el despido no puede fundamentarse exclusivamente en la situación de baja médica, ya que esto constituiría una vulneración de derechos fundamentales y podría ser declarado nulo por los tribunales.
Además, tras la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores en 2020, las ausencias justificadas por enfermedad ya no pueden ser motivo de despido objetivo.
En caso de recibir una notificación de despido durante una baja laboral, se recomienda al trabajador revisar detalladamente la causa alegada y, de ser necesario, buscar asesoramiento legal para garantizar la protección de sus derechos.
Indemnización económica
Además, ante un despido en su empresa, el trabajador puede tener derecho a una indemnización económica. Asimismo, también podrá acceder a cobrar una prestación contributiva por desempleo en caso de cumplir con los requisitos pertinentes que exige el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
La indemnización que se puede percibir depende específicamente del tipo de despido. Por ejemplo, si se trata de un despido objetivo, la indemnización tendrá una cuantía resultante de 20 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.
Si el despido es disciplinario, el trabajador no tendrá derecho a indemnización económica. A no ser que dicho despido se declare improcedente. En caso de que se declare improcedente, la indemnización será de 33 días de salario por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades.
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