El Tribunal Supremo de España ha dictaminado que no reconocerá las sentencias de paternidad extranjeras sobre niños nacidos mediante vientres de alquiler, impidiendo su inscripción en España.
Aunque la gestación subrogada está prohibida en España, el vacío legal existente y la protección del interés superior del menor han llevado al Tribunal Supremo a permitir, en ciertos casos, la adopción de estos niños y la modificación de su lugar de nacimiento en el Registro Civil.
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Sin embargo, se mantiene firme en no reconocer las sentencias extranjeras que validan esta práctica, con el objetivo de salvaguardar los derechos fundamentales de las madres gestantes y de los niños.
La gestación subrogada, comúnmente conocida como vientres de alquiler, es una práctica prohibida en España. Sin embargo, algunas personas recurren a esta técnica en países donde es legal, como Estados Unidos, México o Ucrania, para cumplir su deseo de ser padres.
Esta situación ha generado un vacío legal en España, ya que, al regresar, buscan inscribir a los menores en el Registro Civil español.
El Tribunal Supremo ha reiterado en varias ocasiones que estos contratos de gestación por sustitución son nulos de pleno derecho en España, ya que vulneran los derechos fundamentales de las madres gestantes y de los niños. Considera que esta práctica trata a las madres y a los niños como simples mercancías, atentando contra la dignidad humana y la integridad moral.
A pesar de la prohibición, el interés superior del menor ha llevado al Tribunal Supremo a permitir, en ciertos casos, que los padres adopten al niño nacido por gestación subrogada en el extranjero. Esta solución busca proteger los derechos del menor, garantizando su bienestar y su integración en la familia.
En una sentencia reciente, el Tribunal Supremo ha permitido a los padres de un niño nacido mediante un vientre de alquiler en el extranjero modificar el lugar de nacimiento del menor en el Registro Civil, sustituyéndolo por el domicilio familiar en España. Esta decisión se basa en la protección de la intimidad del menor y en evitar posibles discriminaciones en el futuro.
No obstante, el Tribunal Supremo ha dejado claro que no reconocerá las sentencias extranjeras que validen contratos de gestación subrogada, impidiendo su inscripción directa en España. Esta postura busca evitar que se eluda la legislación española y se incentive una industria que, según el tribunal, explota a las mujeres y cosifica a los niños.
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