Viernes, 30 de octubre de 2026
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El Supremo reconoce a una víctima de violencia de género la pensión de viudedad completa, sin recortes

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El Tribunal Supremo ha dado la razón a una mujer víctima de violencia de género y ha dispuesto que cobre la pensión de viudedad completa, sin recortarla hasta la cuantía de la pensión compensatoria que recibía de su exmarido. Lo ha decidido el pleno de la Sala de lo Social.

La mujer se divorció en noviembre de 2020 y se le fijó una pensión compensatoria de 600 euros a su favor. Según relata, sufría maltrato psicológico desde 2015, causa determinante de la ruptura. En febrero de 2021 denunció ante la Guardia Civil y obtuvo una orden de alejamiento. Su exmarido murió en febrero de 2022.

El INSS le reconoció la viudedad, pero la redujo a la cuantía de la compensatoria. El Juzgado de lo Social número 6 de Granada estimó su demanda y le reconoció el cobro íntegro. En marzo de 2025, el TSJ de Andalucía revocó esa sentencia y dio la razón al INSS. La mujer recurrió en casación y aportó como sentencia de contraste una del TSJ de Navarra de 2018, que aplicaba la tesis contraria.

El Supremo estima el recurso, anula la sentencia andaluza y confirma la del juzgado de Granada. Según la Sala, el límite de cuantía que el régimen general fija para compensar el desequilibrio económico tras la separación o el divorcio no afecta a este colectivo protegido, y la pensión de viudedad no puede reducirse. La sentencia resuelve así un criterio discrepante entre tribunales superiores y beneficia a las mujeres víctimas de violencia de género, separadas o divorciadas, que cobraban una pensión compensatoria antes del fallecimiento de su expareja.

La decisión no fue unánime. Los magistrados Luisa María Gómez Garrido y Juan Manuel San Cristóbal Villanueva firmaron un voto particular en el que sostienen que la pensión debía reducirse a la cuantía de la compensatoria, por fidelidad al texto de la ley. Consideran que una interpretación con perspectiva de género no puede alterar enunciados legales claros ni sustituir la voluntad del legislador.

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