
Archivo/ELSOLIDARIO.Una persona sostiene un cartel que dice "Sí, es violación" durante una manifestación en Madrid.
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha instado al Gobierno a modificar el artículo 183.bis del Código Penal para evitar interpretaciones legales que, basadas en consideraciones culturales o étnicas, puedan reducir las penas en casos de agresiones sexuales. Esta solicitud surge tras una polémica sentencia de la Audiencia Provincial de León en mayo de 2024, donde se rebajó la condena a un hombre que agredió sexualmente a una menor, argumentando que en la «cultura gitana las uniones de pareja se producen a edades muy tempranas«.
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Una polémica sentencia pone en alerta al sistema judicial
El caso en cuestión involucraba a un hombre que, consciente de la edad de la víctima, mantuvo relaciones sexuales con ella desde que tenía 12 años, resultando en tres embarazos antes de que cumpliera los 15. Inicialmente, la Fiscalía solicitó una pena de 37 años de prisión; sin embargo, tras un acuerdo, la condena se redujo a 8 años y 9 meses. La sentencia justificó la rebaja al considerar que, en la cultura gitana, es común que las uniones de pareja ocurran a edades tempranas.
Un caso que reaviva el debate sobre justicia e igualdad
Esta decisión judicial generó una ola de críticas. El Ministerio de Igualdad, liderado por Ana Redondo, calificó la sentencia como una «absoluta vergüenza». Además, se produjo un intercambio de acusaciones entre jueces y fiscales sobre la responsabilidad de la significativa reducción de la pena. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León intentó aclarar la situación, señalando que era «inexacto» atribuir la rebaja de la condena exclusivamente a motivos étnicos, aunque la sentencia hacía referencia explícita a las prácticas culturales de la comunidad gitana.
Un cambio legislativo para evitar interpretaciones peligrosas
La intervención del Defensor del Pueblo busca garantizar que la legislación española no permita atenuantes basados en sesgos culturales o étnicos que puedan menoscabar los derechos de las víctimas de violencia de género y agresiones sexuales. Gabilondo enfatizó la necesidad de una redacción legal que impida interpretaciones que puedan justificar o minimizar la responsabilidad penal de los agresores en función de prácticas culturales.
Este caso pone de manifiesto la complejidad de equilibrar el respeto a la diversidad cultural con la protección de los derechos fundamentales, especialmente en lo que respecta a la integridad y libertad sexual de las mujeres. La aplicación de atenuantes basados en costumbres culturales puede sentar precedentes peligrosos que perpetúen la impunidad en casos de violencia de género.
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