El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo del Defensor del Pueblo contra la suspensión del derecho al voto de 163.020 nacionalizados al amparo de la llamada ley de nietos. El pleno lo rechazó el miércoles por considerarlo prematuro, con diez votos a favor y dos en contra, los de los magistrados Ramón Sáez y Juan Carlos Campo.
La ley de nietos es la disposición de la Ley de Memoria Democrática que abrió la vía de la nacionalidad a los descendientes de quienes tuvieron que exiliarse. Por esa vía obtuvieron la nacionalidad española las 163.020 personas afectadas por la suspensión.
Con esta decisión, esas 163.020 personas siguen sin poder votar en las elecciones generales del 29 de noviembre. El 12 de octubre, el Tribunal Supremo ya había confirmado la suspensión, y el plazo para que los afectados se personen en el procedimiento y presenten alegaciones termina hoy, jueves 22.
El Defensor, Ángel Gabilondo, dijo que respeta la decisión, pero que le preocupa la situación en la que quedan estos ciudadanos. Fuentes de Moncloa subrayaron que la resolución es procedimental y que el Constitucional no se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión de los nacionalizados.
Esa es la clave: el Constitucional no ha dicho que la suspensión sea correcta, sino que todavía no le corresponde intervenir. La decisión de fondo sigue en manos del Supremo, y de ella depende que 163.020 personas, españoles de pleno derecho, puedan o no votar dentro de cinco semanas.





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