Ocho destacadas organizaciones no gubernamentales (ONG), entre ellas Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Red Acoge y el Servicio Jesuita a Migrantes, han interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el nuevo Reglamento de Extranjería. Estas entidades argumentan que la normativa vulnera los derechos de los solicitantes de asilo al establecer la incompatibilidad entre el procedimiento de protección internacional y las vías de arraigo.
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El reglamento, aprobado en noviembre de 2024, introduce una cláusula que impide contabilizar el tiempo como solicitante de asilo para acceder a permisos de residencia por arraigo. Esto implica que, tras una denegación de asilo, la persona debe reiniciar el periodo de permanencia en España para optar a una regularización por arraigo, dejándola en situación administrativa irregular.
Las ONG sostienen que esta medida desincentiva el ejercicio del derecho al asilo y afecta negativamente a miles de personas que buscan protección en España. Además, critican que la regulación de los derechos de los menores se ve excluida del régimen de acto presunto positivo, a pesar de estar amparada por la legislación especialmente protectora de los derechos del menor.
Estas organizaciones, que han acompañado a personas migrantes y refugiadas durante años, reconocen que el reglamento incluye mejoras importantes. Sin embargo, consideran que aspectos fundamentales han sido ignorados, lo que supone un retroceso en la protección de los derechos humanos.
El régimen de familiares de ciudadanos españoles
El nuevo Reglamento de Extranjería ha suscitado críticas por parte de organizaciones defensoras de derechos humanos debido a los cambios que afectan al régimen de familiares de ciudadanos españoles. Las modificaciones introducen restricciones significativas al proceso de reagrupación familiar, que impactan de manera desproporcionada a los familiares extranjeros de españoles en comparación con los familiares de ciudadanos comunitarios.
La nueva normativa regula la reagrupación de cónyuges, parejas, ascendientes e hijos menores de 26 años de ciudadanos españoles a través de un régimen específico. Sin embargo, establece como regla general que las solicitudes de residencia deben tramitarse desde el país de origen, limitando las peticiones desde España a casos excepcionales que no se detallan claramente en el texto. Según las ONG, esta medida genera discriminación entre los familiares de españoles y aquellos de ciudadanos europeos, quienes pueden gestionar su residencia directamente en territorio español.
Aunque el reglamento mejora las opciones de regularización para los hijos de españoles de entre 21 y 26 años, endurece las condiciones para otros familiares en comparación con los de ciudadanos comunitarios. Esta desigualdad se extiende también a los cónyuges, quienes en muchos casos deberán iniciar el trámite desde el extranjero, en contraste con las facilidades otorgadas a familiares de ciudadanos europeos.
Las críticas apuntan a que estas disposiciones no solo perpetúan una discriminación injusta, sino que además pueden generar obstáculos adicionales para la integración familiar y social de quienes buscan establecerse en España bajo condiciones equitativas.
La preocupación es palpable, ya que esta normativa podría dejar en situación irregular a cerca de la mitad de los solicitantes de asilo en España. La legislación debe avanzar hacia la inclusión y protección de las personas migrantes, garantizando sus derechos y facilitando su integración en la sociedad.
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