
Archivo. el solidario dando voz a los que no la tienen
La Audiencia Nacional ha establecido en una sentencia pionera que el permiso retribuido de cinco días para cuidar a familiares no finaliza automáticamente con el alta hospitalaria si el paciente aún necesita reposo domiciliario.
La decisión, que rechaza la interpretación restrictiva de las empresas, refuerza los derechos de conciliación y la corresponsabilidad familiar.
El fallo responde a un conflicto colectivo impulsado por CCOO contra patronales del sector de artes gráficas, papel y cartón, que pretendían limitar el permiso únicamente al periodo de hospitalización.
Los magistrados han determinado que, según el Estatuto de los Trabajadores (art. 37.3.b), el derecho se extiende mientras exista necesidad de cuidados, ya sea en el hospital o en casa.
La sentencia, con perspectiva de género, destaca que estos permisos son ejercidos mayoritariamente por mujeres y que limitarlos perpetúa la brecha laboral.
Además, recalca que el reposo domiciliario es una condición independiente que justifica el permiso, incluso sin hospitalización previa. Este criterio ya había sido avalado por el Tribunal Supremo en sentencias anteriores.
La decisión se enmarca en la Directiva Europea 2019/1158, que promueve la conciliación familiar y la igualdad. Según datos de Eurostat, España sigue por debajo de la media europea en permisos por cuidados, lo que afecta especialmente a las trabajadoras, que asumen el 75% de estas tareas.
Conciliar no es un privilegio, es un derecho. Cuando la justicia protege los cuidados, no solo defiende a las familias, sino que construye una sociedad más igualitaria.
Síguenos en nuestras redes sociales @elsolidariorg / X: @X_ElSolidario y en nuestro canal de Whatsapp El Solidario; Instagram: @elsolidariorg TikTok: @elsolidarionews; Facebook: @ElSolidario
TE PUEDE INTERESAR: