El Consejo de Ministros aprobó este martes los anteproyectos de la nueva Ley de Asilo y la reforma de la Ley de Extranjería, con los que España adapta su legislación al Pacto Europeo de Migración y Asilo, en vigor desde el pasado 12 de junio. La reforma llega casi un mes después de que unas 80.000 personas entraran de forma masiva e irregular en Ceuta a finales de julio, aunque fuentes de Moncloa aseguran que su aprobación no está vinculada a esa crisis, sino a un compromiso adquirido con Bruselas desde 2024.
La principal novedad es el llamado «triaje» en frontera: quien entre de forma irregular deberá pasar por controles de identificación, exámenes médicos y de seguridad, y toma de datos biométricos —huellas e imagen facial— antes de que se autorice formalmente su entrada. El plazo previsto es de 72 horas, prorrogable por decisión judicial, y el procedimiento fronterizo completo podrá extenderse hasta doce semanas.
La reforma también acelera la resolución de determinadas solicitudes de asilo, que deberán resolverse en un máximo de tres meses cuando existan motivos de seguridad nacional, la solicitud sea «manifiestamente incoherente» o la persona proceda de un país considerado seguro. En esos casos, la resolución que deniegue la protección internacional podrá incluir directamente la orden de retorno.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, defiende que el objetivo es contar con un sistema «más ágil, eficaz, ordenado y garantista» ante el aumento sostenido de solicitudes de protección internacional en España, que pasaron de 3.000 en 2009 a 167.000 en 2024 y 144.000 en 2025.
La norma incorpora también protección específica para colectivos vulnerables: menores no acompañados, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y víctimas de tortura, violencia o trata. En el caso de los menores, la ley establece que su interés superior debe prevalecer durante todo el procedimiento, contemplando la reagrupación familiar o la protección en el país de origen cuando sea segura. También se reconoce expresamente la persecución por motivos de género, identidad o expresión de género como causa de asilo.
Los anteproyectos deben pasar todavía por informes del Consejo de Estado, el CGPJ y otros órganos consultivos —entre ellos el Consejo Estatal de ONG de Acción Social— antes de llegar a las Cortes para su tramitación definitiva.





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